PAPELETAS DE VOTACIÓN

Papeletas de votacion

Familias

24-25_OOG FAMILIAK posta bidezko bozka

Profesorado

24-25_OOG bozka-txartela IRAKASLEEN

Alumnado

24-25_OOG bozka-txartela IKASLEAK

Auxiliar educativo

No hay que renovar

Personal administrativo

No hay que renovar

Voto por correo para FAMILIAS

Para las elecciones del OMR es posible emitir el voto por correo. Las instrucciones (https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/ctros_publicos_omr/es_def/adjuntos/Argibideak_publikoak_2024_c.pdf) dicen los siguiente:


A fin de conseguir la mayor participación posible de todos los sectores de la comunidad educativa, los electores y las electoras podrán emitir su voto por correo, que deberá estar en posesión de la Junta Electoral el día anterior al día previsto para celebrar las elecciones. Las comunicaciones recibidas serán recogidas en una relación por la Junta Electoral, que será entregada a cada mesa electoral en el acto de su constitución el día de las elecciones.


A este fin, los electores y las electoras que deseen utilizar el sistema de voto por correo harán llegar al Presidente o Presidenta de la Junta Electoral, mediante envío por carta o por servicio de mensajería, o mediante entrega en el centro personalmente o por medio de otra persona, los siguientes documentos:


Los documentos indicados se harán llegar al Presidente o Presidenta de la Junta Electoral dentro de un sobre con el epígrafe «Elecciones al Órgano Máximo de Representación del centro........ Voto por correo».


Los sobres conteniendo el voto por correo deberán tener entrada en la Junta Electoral hasta el día anterior al día de la celebración de las elecciones. Aquellos sobres que se reciban fuera del plazo indicado no se incluirán en la votación.


Los sobres recibidos serán custodiados por el Presidente o Presidenta de la Junta Electoral hasta el mismo día de las elecciones, en el que se hará entrega de los mismos al Presidente o Presidenta de la mesa electoral, junto con la relación en la que figuren los nombres y apellidos de las personas votantes por esta modalidad.


No obstante todo lo anterior, si la persona votante por correo se presentase el día de las elecciones para ejercer personalmente su derecho al voto, se procederá a anular la papeleta del voto por correo. Esta circunstancia deberá reflejarse en el acta que se redacte al finalizar el escrutinio.


La Mesa Electoral conservará los votos recibidos por correo hasta la hora señalada para el cierre de la votación y los introducirá en la urna en el momento de efectuarse el citado cierre, excepto aquellos que hubieran sido previamente anulados en virtud de lo previsto en el párrafo anterior.

Por tanto, para enviar el voto por correo debéis seguir los siguientes pasos: